Convenios de colaboración y cooperación

Un convenio de colaboración es un acuerdo de carácter voluntario, formalizado por escrito, que genera obligaciones directas por las partes que los firman, estipuladas en términos de igualdad. Las administraciones públicas pueden subscribir convenios con otras administraciones públicas y con los organismos y entidades dependientes o vinculantes a estas, en el ámbito de sus competencias, para conseguir hasta de interés común. Así mismo, pueden subscribir convenios con las personas físicas y jurídicas sujetas a derecho privado, los cuales se rigen por legislación específica.

Los convenios que afecten a terceras personas y que comporten una alteración del ejercicio de las competencias de las administraciones, u otros organismos, solo son eficaces si, una vez firmados, son publicados íntegramente en los diarios oficiales correspondientes de las administraciones implicadas. Por otro lado, cuando comporten el otorgamiento de una subvención por parte de las administraciones públicas, se tienen que ajustar a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad.

A continuación podéis consultar los convenios subscritos: