Las fincas que se enajenan son todas de propiedad del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp y forman parte de su patrimonio municipal de suelo.
Frequently Asked Questions
Se sigue el procedimiento legalmente establecido de enajenación de fincas del patrimonio municipal de suelo, regulado por la normativa patrimonial de las administraciones locales catalanas.
Por lo tanto, se hace un procedimiento por concurrencia con concurso público. Las ofertas se presentarán por cada parcela y siempre al alza. Es decir, no se puede presentar una oferta por un importe menor de la valoración de cada finca.
Si se quiere presentar una oferta por más de una parcela, se debe hacer una oferta para cada una de ellas.
La documentación que regula la venta (acuerdos, pliegos de condiciones, etc.) se puede encontrar en el Perfil del contratante.
El criterio único que se utilizará es la mejor oferta económica, que valdrá un máximo de 100 puntos. Como hemos explicado en el punto anterior, no se puede presentar una oferta por un importe menor a la valoración que tiene cada finca.
Se puede presentar cualquier persona, sea natural o jurídica, española o extranjera, siempre que tenga la plena capacidad para obrar.
No. No es necesario depositar ningún importe para presentar oferta.
El 23 de marzo de 2022.
El 12 de mayo de 2022 a las 14 horas.
Telemáticamente. La presentación de la oferta deberá efectuarse en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp.
Se debe presentar la documentación que describe el pliego del contrato (PCAP) en su Cláusula 10a.