Entidades ciudadanas

Registro Municipal de Entidades

El Registro Municipal de Entidades es la herramienta que permite al Ayuntamiento conocer y reconocer a las entidades activas del municipio. Tiene como finalidad facilitar la relación con el tejido asociativo, mejorar la comunicación y promover su participación en la vida municipal.

La inscripción en el registro permite a las entidades acceder a información de interés, participar en convocatorias y actividades municipales, y optar a determinados recursos o servicios que ofrece el Ayuntamiento.

Pueden inscribirse todas las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el municipio. Es imprescindible que estén legalmente constituidas e inscritas previamente en el registro correspondiente de la Generalitat de Catalunya. El registro municipal es, por tanto, complementario al autonómico.

A continuación podéis consultar:

Registro de Entidades y Asociaciones del Municipio en este enlace.

¡Consulta las actividades que organizan las entidades del municipio y participa!

El Ayuntamiento difunde a través de Facebook las actividades que organizan las entidades y asociaciones locales. Por eso, si formas parte de una entidad o asociación de Mont-roig, Miami Platja o alguna de sus urbanizaciones y quieres que te ayudemos a dar a conocer tus actividades envíanos la programación o cartelería a comunicacio@mont-roig.cat. Es necesario especificar día, hora y lugar donde se realizará el acto.

  • Reglamento del registro municipal de entidades ciudadanas (enlace)
  • Ley orgánica 1/2002 de asociaciones (enlace)
  • Libro tercero del Código civil de Cataluña (enlace)

Alta en el registro 

Para inscribir una entidad en el Registro Municipal (enlace al trámite).

Es necesario presentar:

  • Solicitud de alta (con autorización para consultar datos en otras administraciones).
  • Acreditación de inscripción en el registro correspondiente (Generalitat u otros).
  • Estatutos, acta fundacional (en su caso) y certificado de la junta vigente.

Modificación de datos y Actualización anual

Para comunicar cambios como la junta, domicilio o estatutos (enlace al trámite).

En caso de modificaciones que requieran inscripción previa en la Generalitat (como los estatutos), es necesario realizar primero este trámite y después actualizar los datos en el registro municipal.

Para mantener los datos al día. Habitualmente incluye la presentación del programa de actividades y/o presupuesto anual, así como la comunicación de posibles cambios.


Baja

Para solicitar la retirada del registro, ya sea por disolución de la entidad o por inactividad (enlace al trámite).

Una vez inscrita, el Ayuntamiento emite un decreto que acredita la inscripción de la entidad en el registro municipal.


Consulta y certificados

  • Decreto de inscripción acreditativo (recibido electrónicamente al dar de alta la entidad)
  • Consulta pública del directorio de entidades (protección de datos garantizada).
    • Consultar directorio de entidades – Gencat en este enlace.
    • Directorio de entidades de Mont-roig del Camp en este enlace.

El registro recoge a todas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio. Da publicidad y seguridad jurídica a las entidades y facilita su participación en actividades y servicios municipales.

  • Alta en el registro de entidades municipal – Mont-roig en este enlace.
  • Más información y trámites – Gencat en este enlace.
  • Entidades sin ánimo de lucro con actividad en el municipio.
  • Con inscripción previa en el registro autonómico correspondiente (enlace).

Sí, es imprescindible para operar legalmente y limitar la responsabilidad de sus miembros.

  • Acceder al trámite de inscripción (enlace)

Alta en el registro 

Por inscribir una entidad en el Registro Municipal (enlace al trámite).

Es necesario presentar:

Solicitud de alta (con autorización para consultar datos en otras administraciones).
Acreditación de inscripción en el registro correspondiente (Generalitat u otros).
Estatutos, acta fundacional (en su caso) y certificado de la junta vigente.


Modificación de datos y Actualización anual

Para comunicar cambios como la junta, domicilio o estatutos (enlace al trámite).

En caso de modificaciones que requieran inscripción previa en la Generalitat (como los estatutos), es necesario realizar primero este trámite y después actualizar los datos en el registro municipal.

Para mantener los datos al día. Habitualmente incluye la presentación del programa de actividades y/o presupuesto anual, así como la comunicación de posibles cambios.


Baja

Para solicitar la retirada del registro, ya sea por disolución de la entidad o por inactividad (enlace al trámite).

Una vez inscrita, el Ayuntamiento emite un decreto que acredita la inscripción de la entidad en el registro municipal.


Consulta y certificados

  • Decreto de inscripción acreditativo (recibido electrónicamente al dar de alta la entidad)
  • Consulta pública del directorio de entidades (protección de datos garantizada).
    • Consultar directorio de entidades – Gencat en este enlace.
    • Directorio de entidades de Mont-roig del Camp en este enlace.

El Registro de Asociaciones de la Generalidad de Cataluña.

  • Acceso al registro y trámites de asociaciones en este enlace.
  • Generalidad: reconocimiento jurídico.
  • Ayuntamiento: participación local, subvenciones y servicios.

Registro de Entidades y Asociaciones del Municipio en este enlace.
El registro municipal permite conocer y fomentar el tejido asociativo local.

Habitualmente entre 1 y 3 meses.

  • Consultar procedimiento completo – Gencat en este enlace.

Sí, pero en la mayoría de los casos es obligatorio con certificado digital.

  • Iniciar trámite telemático – Gencat en este enlace.
  • Sí, para acceder a:
    • Participación ciudadana
    • Equipamientos municipales
    • Subvenciones municipales
  • Inscripción previa en la Generalitat
  • Actividad o domicilio en el municipio
  • Documentación actualizada
  • Sólo las entidades inscritas pueden ejercitar derechos municipales.
  • No, pero es necesario mantener los datos actualizados, se exige comunicación anual de cambios.

Comunicación de cambios de junta en ese enlace.

  • Junta directiva
  • Estatutos
  • Domicilio

Inscripción de cambios de junta – Gencat (enlace).

Es necesario el acuerdo de asamblea y comunicación en el registro.

  • Modificar datos de la asociación – Mont-roig en este enlace.
  • Modificar datos de la asociación – Gencat en este enlace.
  • Problemas legales
  • Pérdida de subvenciones

Mediante acuerdo de la asamblea y comunicación en el registro.

  • Baja de la entidad en el registro municipal – Mont-roig (enlace).
  • Trámites relacionados con asociaciones – Gencat (enlace).
  • Acceso a subvenciones
  • Uso de equipamientos municipales
  • Participación en actividades y procesos locales

Registro de Entidades y Asociaciones del Municipio en este enlace.

Es necesario estar inscrito, especialmente en el registro municipal, para poder solicitar ayudas y subvenciones.

  • Convocatorias de subvenciones y ayudas – Mont-roig (enlace).
  • Contabilidad
  • Declaraciones fiscales según normativa vigente
  • Reglamento del registro municipal de entidades ciudadanas (enlace)
  • Ley orgánica 1/2002 de asociaciones (enlace)
  • Libro tercero del Código civil de Cataluña (enlace)
  • Generalitat de Catalunya: Trámites de asociaciones – Gencat (enlace)
  • Ayuntamiento de Mont-roig del Camp: Participación Ciudadana – Mont-roig (enlace)
  • Atención ciudadana: Oficinas OMAC y trámites municipales (enlace)
Entidades y asociaciones del municipio

Registro de Entidades y Asociaciones del Municipio en este enlace.

Agenda de actividades

¡Consulta las actividades que organizan las entidades del municipio y participa!

El Ayuntamiento difunde a través de Facebook las actividades que organizan las entidades y asociaciones locales. Por eso, si formas parte de una entidad o asociación de Mont-roig, Miami Platja o alguna de sus urbanizaciones y quieres que te ayudemos a dar a conocer tus actividades envíanos la programación o cartelería a comunicacio@mont-roig.cat. Es necesario especificar día, hora y lugar donde se realizará el acto.

Normativa
  • Reglamento del registro municipal de entidades ciudadanas (enlace)
  • Ley orgánica 1/2002 de asociaciones (enlace)
  • Libro tercero del Código civil de Cataluña (enlace)
Trámites

Alta en el registro 

Para inscribir una entidad en el Registro Municipal (enlace al trámite).

Es necesario presentar:

  • Solicitud de alta (con autorización para consultar datos en otras administraciones).
  • Acreditación de inscripción en el registro correspondiente (Generalitat u otros).
  • Estatutos, acta fundacional (en su caso) y certificado de la junta vigente.

Modificación de datos y Actualización anual

Para comunicar cambios como la junta, domicilio o estatutos (enlace al trámite).

En caso de modificaciones que requieran inscripción previa en la Generalitat (como los estatutos), es necesario realizar primero este trámite y después actualizar los datos en el registro municipal.

Para mantener los datos al día. Habitualmente incluye la presentación del programa de actividades y/o presupuesto anual, así como la comunicación de posibles cambios.


Baja

Para solicitar la retirada del registro, ya sea por disolución de la entidad o por inactividad (enlace al trámite).

Una vez inscrita, el Ayuntamiento emite un decreto que acredita la inscripción de la entidad en el registro municipal.


Consulta y certificados

  • Decreto de inscripción acreditativo (recibido electrónicamente al dar de alta la entidad)
  • Consulta pública del directorio de entidades (protección de datos garantizada).
    • Consultar directorio de entidades – Gencat en este enlace.
    • Directorio de entidades de Mont-roig del Camp en este enlace.
FAQs

El registro recoge a todas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio. Da publicidad y seguridad jurídica a las entidades y facilita su participación en actividades y servicios municipales.

  • Alta en el registro de entidades municipal – Mont-roig en este enlace.
  • Más información y trámites – Gencat en este enlace.
  • Entidades sin ánimo de lucro con actividad en el municipio.
  • Con inscripción previa en el registro autonómico correspondiente (enlace).

Sí, es imprescindible para operar legalmente y limitar la responsabilidad de sus miembros.

  • Acceder al trámite de inscripción (enlace)

Alta en el registro 

Por inscribir una entidad en el Registro Municipal (enlace al trámite).

Es necesario presentar:

Solicitud de alta (con autorización para consultar datos en otras administraciones).
Acreditación de inscripción en el registro correspondiente (Generalitat u otros).
Estatutos, acta fundacional (en su caso) y certificado de la junta vigente.


Modificación de datos y Actualización anual

Para comunicar cambios como la junta, domicilio o estatutos (enlace al trámite).

En caso de modificaciones que requieran inscripción previa en la Generalitat (como los estatutos), es necesario realizar primero este trámite y después actualizar los datos en el registro municipal.

Para mantener los datos al día. Habitualmente incluye la presentación del programa de actividades y/o presupuesto anual, así como la comunicación de posibles cambios.


Baja

Para solicitar la retirada del registro, ya sea por disolución de la entidad o por inactividad (enlace al trámite).

Una vez inscrita, el Ayuntamiento emite un decreto que acredita la inscripción de la entidad en el registro municipal.


Consulta y certificados

  • Decreto de inscripción acreditativo (recibido electrónicamente al dar de alta la entidad)
  • Consulta pública del directorio de entidades (protección de datos garantizada).
    • Consultar directorio de entidades – Gencat en este enlace.
    • Directorio de entidades de Mont-roig del Camp en este enlace.

El Registro de Asociaciones de la Generalidad de Cataluña.

  • Acceso al registro y trámites de asociaciones en este enlace.
  • Generalidad: reconocimiento jurídico.
  • Ayuntamiento: participación local, subvenciones y servicios.

Registro de Entidades y Asociaciones del Municipio en este enlace.
El registro municipal permite conocer y fomentar el tejido asociativo local.

Habitualmente entre 1 y 3 meses.

  • Consultar procedimiento completo – Gencat en este enlace.

Sí, pero en la mayoría de los casos es obligatorio con certificado digital.

  • Iniciar trámite telemático – Gencat en este enlace.
  • Sí, para acceder a:
    • Participación ciudadana
    • Equipamientos municipales
    • Subvenciones municipales
  • Inscripción previa en la Generalitat
  • Actividad o domicilio en el municipio
  • Documentación actualizada
  • Sólo las entidades inscritas pueden ejercitar derechos municipales.
  • No, pero es necesario mantener los datos actualizados, se exige comunicación anual de cambios.

Comunicación de cambios de junta en ese enlace.

  • Junta directiva
  • Estatutos
  • Domicilio

Inscripción de cambios de junta – Gencat (enlace).

Es necesario el acuerdo de asamblea y comunicación en el registro.

  • Modificar datos de la asociación – Mont-roig en este enlace.
  • Modificar datos de la asociación – Gencat en este enlace.
  • Problemas legales
  • Pérdida de subvenciones

Mediante acuerdo de la asamblea y comunicación en el registro.

  • Baja de la entidad en el registro municipal – Mont-roig (enlace).
  • Trámites relacionados con asociaciones – Gencat (enlace).
  • Acceso a subvenciones
  • Uso de equipamientos municipales
  • Participación en actividades y procesos locales

Registro de Entidades y Asociaciones del Municipio en este enlace.

Es necesario estar inscrito, especialmente en el registro municipal, para poder solicitar ayudas y subvenciones.

  • Convocatorias de subvenciones y ayudas – Mont-roig (enlace).
  • Contabilidad
  • Declaraciones fiscales según normativa vigente
  • Reglamento del registro municipal de entidades ciudadanas (enlace)
  • Ley orgánica 1/2002 de asociaciones (enlace)
  • Libro tercero del Código civil de Cataluña (enlace)
  • Generalitat de Catalunya: Trámites de asociaciones – Gencat (enlace)
  • Ayuntamiento de Mont-roig del Camp: Participación Ciudadana – Mont-roig (enlace)
  • Atención ciudadana: Oficinas OMAC y trámites municipales (enlace)