Abierta la convocatoria para el cargo de Juez/a de Paz titular

Abierta la convocatoria para el cargo de Juez/a de Paz titular

  • El período de presentación de solicitudes será del 3 de abril hasta el 5 de mayo de 2025.
  • Las personas interesadas deben cumplimentar el modelo de instancia específico disponible en la Sede Electrónica y presentar el currículum vitae, DNI y declaración responsable.

El Ayuntamiento de Mont-roig del Camp ha iniciado el procedimiento para la elección del Juez o Jueza de Paz titular. Las personas interesadas disponen del período comprendido entre el 3 de abril y el 5 de mayo de 2025 para solicitar ser elegidas para los cargos mencionados.

Las personas interesadas deben cumplimentar el modelo de instancia específico disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp. Además, deberán presentar el currículum vitae, el DNI y una declaración responsable.

Requisitos

Para ejercer como juez o jueza de paz se requiere ser ciudadano/a español/a, mayor de edad, no tener incapacidad física o psíquica que impida el ejercicio de la función judicial, no tener antecedentes penales y estar en pleno ejercicio de los derechos civiles.

Por otra parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece las siguientes causas de incompatibilidad:

  1. No haber sido elegido/a o designado/a para ocupar cargo público en cualquiera de las Administraciones Públicas.

  2. No ejercer un cargo dotado o retribuido de la Administración Pública.

  3. No desempeñar ningún cargo en tribunales o juzgados.

  4. No ejercer la profesión de abogado/a, procurador/a o cualquier otra que implique asesoramiento legal.

  5. No ocupar cargos políticos ni sindicales.

  6. No participar activamente en campañas electorales más allá del ejercicio del voto.

Los juzgados de paz son órganos unipersonales con jurisdicción en el término municipal. Las personas que ocupan estos cargos no deben ser necesariamente profesionales del Derecho ni pertenecer a la carrera judicial. Normalmente son nombradas por su trayectoria y por la actitud que han demostrado en su municipio.

El/la Juez/a de Paz será elegido/a por el Pleno de la Corporación Local entre los candidatos/as que se presenten, y nombrado/a por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por un período de 4 años.

 

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