Mont-roig del Camp consigue la declaración de municipio turístico durante todo el año
- Con esta concesión, el horario de apertura al público de los establecimientos comerciales podrá ser de las 7 h a las 22 h, los 365 días al año
- Hasta ahora este horario sólo estaba permitido entre el periodo de Semana Santa y el mes de octubre
Mont-roig del Camp ha conseguido la calificación de zona turística, a efectos de los horarios comerciales, durante los 365 días al año. Se trata de una declaración que otorga la Dirección General de Comercio del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat de Cataluña y que permite que el horario de apertura al público de los establecimientos comerciales pueda ser de las 7 a las 22 h, también fuera de la temporada alta. De hecho, desde 1994 Mont-roig del Camp ya gozaba de la calificación de municipio turístico entre el periodo de Semana Santa y el mes de octubre.
Para ello, en noviembre de 2019 el Ayuntamiento solicitó a la Generalitat poder ampliar a todo el año el período de calificación de zona turística a efectos de horarios comerciales, recibiendo el apoyo de la Asociación de Empresarios y Comerciantes de Mont-roig del Camp, la Asociación de Hostelería de Miami y la Asociación Fomento Empresarial Miami. También apoyaron la solicitud el Consejo Comarcal del Baix Camp (CCBC), la Confederación Empresarial de la Provincia de Tarragona (CEPTA) y PIMEC Baix Camp.
Datos determinados para conseguir la calificación
Cabe destacar que el sector turístico tiene una gran importancia en el municipio (principalmente en Miami Platja), que se materializa con una oferta de alojamiento de 2.600 viviendas de uso turístico, 1.359 plazas hoteleras y 11.649 plazas de camping (2020) y en el elevado número de segundas residencias (11.478). Estos datos, junto con una población a tiempo completo anual de 16.064 personas (año 2019), el número de residencias habituales (4.200) y la cifra de personas empadronadas (12.460 en 2020) han sido determinantes para conseguir la calificación de municipio turístico durante todo al año.
El nuevo horario será aplicable a todos aquellos establecimientos comerciales que no formen parte de las excepciones al horario comercial general previstas en los artículos 36.5 y 37 de la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.