Se abre la convocatoria para los cargos de Juez / a de Paz titular y sustituto
- El periodo de presentación de solicitudes será del 4 al 23 de marzo
- Las personas interesadas han rellenar el modelo de instancia específico disponible en la Sede Electrónica y las OMAC y presentar el curriculum vitae, DNI y Declaración responsable
El Ayuntamiento de Mont-roig del Camp ha iniciado el procedimiento para la elección del Juez o Jueza de Paz titular y suplente del municipio. Las personas interesadas tienen del 4 al 21 de marzo (20 días naturales desde la Publicación en BOPT ) para solicitar ser elegidos para los cargos mencionados.
Las personas interesadas deben rellenar el modelo de instancia específico disponible en la sede electrónica o bien en las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (hay que pedir cita previa). Además, deben presentar el curriculum vitae, DNI y declaración responsable.
Requisitos
Para ejercer de juez o la juez de paz se requiere ser ciudadano / a español / a, mayor de edad, no tener incapacidad física o psíquica que les impida el ejercicio de la función judicial, no tener antecedentes penales y estar en pleno ejercicio de derechos civiles.
Por otra parte, la Ley Orgánica del Poder judicial presenta las siguientes causas de incompatibilidades:
- No ser elegido o designado para ocupar cargo público en cualquiera de las Administraciones Públicas.
- No ejercer cargo dotado o retribuido de la Administración pública.
- No ejercer ningún cargo en tribunales o juzgados.
- No ejercer la profesión de abogado, procurador o cualquier otra que comporte asesoramiento.
- No tener cargos políticos ni sindicales.
- No tomar parte activa en las campañas electorales fuera del ejercicio de voto.
Los juzgados de paz son órganos unipersonales con jurisdicción en el término municipal. Las personas que ocupan los cargos no deben ser necesariamente profesionales del Derecho ni pertenecer a la carrera judicial. Normalmente se les nombra por su trayectoria y por el talante que han demostrado en una población.
El Juez / a de Paz será elegido por el Pleno de la Corporación Local a partir de los candidatos que se ofrezcan y nombrado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por un período 4 años.