El Ayuntamiento convoca una subvención para la adquisición de libros y material escolar para el curso 2021/2022

El Ayuntamiento convoca una subvención para la adquisición de libros y material escolar para el curso 2021/2022

Material escolar

  • Hasta el próximo 30 de noviembre se pueden presentar en la sede electrónica las solicitudes a tal fin. 
  • El Ayuntamiento destina una partida de 15.000 euros

El Ayuntamiento de Mont-roig del Camp ha convocado las ayudas para la adquisición de libros y material escolar para el curso 2021/2022 por aquellos escolares del municipio de primaria y secundaria que cumplan una serie de requisitos. La subvención se podrá solicitar a través de la sede electrónica (https://mont-roig.eadministracio.cat/catalog/t/57bd1139-19ae-4c35-aa00-4e67ed7c71fd) hasta el próximo 30 de noviembre.

Según las bases, son destinatarios de la subvención el alumnado de los centros escolares del municipio que estén empadronados en Mont-roig del Camp y que cursen los estudios correspondientes a la educación primaria y secundaria. Con carácter general, para ser beneficiario de la subvención es necesario que las personas solicitantes no tengan la condición de deudoras con el Ayuntamiento ni de los entes municipales, sin embargo tendrán que estar al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

Las subvenciones se destinan también a las familias que participen en los programas de reutilización de libros, cuyas cuotas también tendrán consideración de gasto subvencionable. Igual tratamiento recibirán las cuotas de los centros que opten por la enseñanza por proyectos educativos, alternativa a la adquisición de libros de texto.

De forma más específica, las bases manifiestan que, para recibir la ayuda es necesario tener a cargo al niño o adolescente a cuyo favor se formula la petición. Aparte también deben cumplirse los siguientes requisitos.
– Que la unidad familiar se encuentre empadronada y resida legalmente en el municipio.
– Que la unidad familiar tenga ingresos inferiores a las que dispone el apartado 8.1 de la resolución o, en cualquier caso, a 16.000 € anuales. A efectos de cálculo, se tendrán en cuenta la totalidad de los ingresos económicos de las personas que componen la unidad de convivencia.
Según corresponda de la ponderación de los criterios sociales y económicos establecidos con la convocatoria de subvención, el importe bonificado oscilará de acuerdo con los siguientes tramos: 100%, 75%, 50% o 25%, con el límite máximo de 180 € por alumno solicitante.

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