El Ayuntamiento se acogerá a las ayudas disponibles por los destrozos del temporal Gloria

El Ayuntamiento se acogerá a las ayudas disponibles por los destrozos del temporal Gloria

  • Los particulares y las empresas también pueden acogerse a las subvenciones previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y presentar las solicitudes hasta el día 26 de febrero
  • El Ayuntamiento ha valorado en 4.871.539 euros los daños públicos que la borrasca ha ocasionado en la línea de costa, en las redes de agua, parques, caminos y calles, alumbrado y recogida de residuos

El temporal ha provocado graves desperfecto en tota la linea de costa

El Ayuntamiento de Mont-roig del Camp, los particulares y las empresas del municipio afectadas por los destrozos provocados por el temporal Gloria, podrán acogerse al Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión. Así lo ha confirmado esta semana la Delegación del Gobierno del Estado al consistorio.

En este decreto se regulan las subvenciones que pueden solicitar los afectados por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establecen los procedimientos para su concesión.

La administración estatal ha informado de que el plazo de presentación de solicitudes amparadas por el Real Decreto 307/2005, modificado por el RD 477/2007, es de 1 mes desde la fecha de finalización de los hechos causantes de los daños, es decir, hasta el 26 de febrero de 2020.

Según este decreto pueden beneficiarse de estas ayudas (artículo 5.1):

  1. Las familias que hayan sufrido daños personales o materiales, que por su escasez de recursos económicos, no pueden hacer frente a los gastos derivados de una situación de emergencia o catástrofe.
  2. Las corporaciones locales que acrediten escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de riesgo grave o catástrofes naturales.
  3. Las personas o empresas que, debido a una situación de emergencia, hayan tenido que prestar ayuda personal o económica.
  4. Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de 50 trabajadores, que hayan sufrido daños en sus negocios.
  5. Las comunidades de propietarios que hayan sufrido daños en elementos comunes que puedan afectar a la seguridad o funcionalidad del inmueble.

Por lo tanto, la percepción de estas ayudas se establece en función de la renta familiar, de la tipología de viviendas y de una serie de condicionantes que se encuentran descritos en este Real Decreto.

Procedimiento de concesión de las ayudas

En este enlace encontraréis los modelos de solicitudes a presentar para solicitar las ayudas:

http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/modelos-de-solicitud/ayudas-en-caso-de-determinados-siniestros-o-catas

Las solicitudes se presentarán, mediante los modelos de solicitud mencionados, en la Subdelegación del Gobierno de Tarragona o bien en cualquiera de los registros que establece el art. 16.4 de la Ley 39/2015, hasta el 26 de febrero, y deberán ir acompañadas de los documentos que se determinen para cada tipo de ayuda y beneficiario (art. 7 RD).

El procedimiento se inicia a instancia de parte, mediante solicitud de los interesados, y una vez presentada esta solicitud, la Delegación o Subdelegación del Gobierno comunicará a los interesados ​​el inicio del procedimiento y comprobará si se cumplen los requisitos formales exigibles, así como la documentación aportada (art. 8 RD).

En caso de que la documentación aportada no sea correcta o esté incompleta, se dará un plazo de 10 días para su subsanación y mejora. El Ministerio del Interior resolverá las solicitudes de forma motivada en el plazo de 6 meses desde la fecha de registro en la Subdelegación del Gobierno.

Toda la información sobre cómo pedir las ayudas se puede encontrar en el Real Decreto:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2005/BOE-A-2005-4573-consolidado.pdf

En estudio la aplicación también del Real Decreto 11/2019

La Delegación del Gobierno en Cataluña ha informado al Ayuntamiento que aparte de este Real Decreto, que está en vigor y en virtud del cual se pueden presentar ya las solicitudes, están estudiando también la aplicación del Real Decreto 11/2019, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados ​​por temporales y otras situaciones catastróficas que se dictó a raíz del temporal DANA el año pasado. En caso de acordarse que este otro decreto también puede ser de aplicación por las afectaciones del temporal Gloria, supondría que habría más ayudas disponibles para los afectados. En caso afirmativo, el Ayuntamiento lo hará público cuando sea notificado por el Gobierno español.

La Oficina comarcal del Consumidor vendrá al municipio el 5 de febrero

Por otra parte, se recuerda que el próximo miércoles 5 de febrero, la Oficina Comarcal del Consumidor se desplazará hasta el municipio para atender las quejas, dudas o reclamaciones relacionadas con el consumo. Por estas circunstancias excepcionales, los vecinos y vecinas también podrán asesorarse sobre el procedimiento a seguir con relación a las incidencias en los servicios que hayan sido provocadas por el temporal.

La valoración de los daños públicos es de 4.871.539 euros

Los informes técnicos que han elaborado esta semana han determinado los daños públicos que el temporal Gloria ha provocado en el municipio. Estos han sido cuantificados en 4.871.539,04 €. Se trata de valoraciones estimadas, que pueden modificarse en la redacción de los proyectos ejecutivos. De este importe, 1.221.122 euros corresponden a los daños producidos en bienes de titularidad municipal. El resto 3.650.416 € son competencia de Costas del Estado.

La valoración desglosada de los daños del temporal es la siguiente:

  • La reposición de los daños sufridos en las redes de agua potable y de alcantarillado de aguas residuales gestionadas por Nostraigua es de 411.487,96 € IVA incluido.
  • La reparación en parques y zonas verdes, caminos y calles se estima en aproximadamente 92.337,75 € IVA incluido.
  • El coste de la reparación de las afectaciones producidas al alumbrado público del municipio: 7.890 IVA incluido.
  • Las actuaciones de reposición o reparación de los puntos de recogida de residuos y papeleras: 25.245,31 € IVA incluido.
  • El coste para hacer frente a las afectaciones producidas en las edificaciones de playa (módulos), mobiliario urbano (interior playa), instalaciones (agua y saneamiento), muro de contención del paseo y gestión de residuos: 684.161,29 € IVA incluido.
  • El coste estimado de los estudios técnicos, reconstrucción de accesos, muros, cimientos, escolleras, rampas, aportación de arena y otros de todas las calas: 3.650.416,73 € IVA incluido.

Para hacer frente a estos importes, el Ayuntamiento se acogerá también a las ayudas decretadas por el Estado. El consistorio, además, está comprobando en otras administraciones para poder pedir otras ayudas económicas.

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