Este lunes comienza la fase 0 de la desescalada que permite la apertura parcial de algunos establecimientos comerciales

Este lunes comienza la fase 0 de la desescalada que permite la apertura parcial de algunos establecimientos comerciales

  • Esta fase contempla el uso obligatorio de mascarillas en el transporte público, por este motivo, el Ayuntamiento ha previsto el reparto de mascarillas en las paradas oficiales de autobús de Mont-roig y Miami Platja por los usuarios de este transporte

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este domingo los detalles de la desescalada durante la fase 0, a partir de hoy lunes 4 de mayo. Así, a los comercios de menos de 400 metros cuadrados se les permite abrir, pero con una serie de condicionantes. Además, a partir de este lunes también será obligatorio el uso de mascarillas en todos los transportes públicos, aunque se recomienda utilizarla en todas las actividades que se lleven a cabo fuera del domicilio.

Coincidiendo con esta nueva medida, el Ayuntamiento de Mont-roig del Camp está gestionando el reparto de mascarillas entre los usuarios del transporte público interurbano, a su paso por el municipio. El reparto se ha previsto en las paradas de autobús oficiales de Mont-roig y de Miami. De hecho, entre las instrucciones presentadas por el Gobierno español se especifica que son los municipios quienes deben distribuirlas, y por ello las han hecho llegar a los diferentes municipios para ser repartidas.

Aperturas parciales de establecimientos

Por otra parte, a partir de hoy se podrán reabrir al público todos aquellos establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales de menos de 400 metros cuadrados, siempre que se cumplan una serie de requisitos (*).

  • Establecer un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente para cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior.
  • Garantizar la atención individualizada al cliente manteniendo la debida distancia de seguridad, o en caso de que esto no sea posible por las características del servicio prestado, mediante la instalación de mostradores o mamparas.
  • Establecer un horario de atención preferente para los mayores de 65 años, que deberá coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.
  • Garantizar las medidas de seguridad y prevención en el interior de los establecimientos, tales como poner a disposición de los clientes gel hidroalcohólico, proceder a la limpieza y desinfección del establecimiento dos veces al día como mínimo y, si se trata de tiendas de ropa con probadores, desinfectarlos después de cada uso, lavar la ropa de los trabajadores diariamente con una temperatura de entre 60 y 90 grados, etc.
  • Los clientes podrán ir a recoger los productos comprados por teléfono o por internet, excepto en el caso de los establecimientos de autoservicio, en la que el cliente no podrá ir a buscar los productos y los comerciantes les deberán entregar a domicilio.

(*) Estas normas no se aplican a los comercios que han sido abiertos durante todo el estado de alarma.

Medidas concretas para las tiendas de ropa y los establecimientos de restauración y hostelería

En las tiendas de ropa, sólo se permitirá la entrada de una persona a los probadores, que deberán limpiarse y desinfectarse después de cada uso. Además, si el cliente no adquiere alguna de las prendas que se ha probado, el establecimiento aplicará medidas para higienizar la prenda antes de que se la pruebe otro cliente.

Por otra parte, en cuanto a los restaurantes y cafeterías, sólo podrán ofrecer sus servicios mediante la entrega a domicilio o bien la recogida de los encargos en los establecimientos. En este último caso, la recogida de pedidos se deberá realizar en una franja horaria determinada para evitar aglomeraciones. Además, se deberá habilitar y señalizar un espacio para la recogida de encargos y se deberá garantizar la separación física o, si no es posible, se deberán instalar mostradores o mamparas. Los establecimientos sólo podrán abrir durante el horario de recogida de encargos. En ningún caso se podrán realizar consumiciones en el interior del local.

Otras medidas

En cuanto a los servicios en los que por sus características no sea posible mantener la distancia mínima interpersonal, como las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberán usar los equipos de protección individual necesarios para asegurar la protección, tanto a los trabajadores como a los clientes. En estos casos el uso de mascarilla y guantes será obligatorio.

Así, estos establecimientos podrán ofrecer sus servicios siempre con cita previa y garantizando la distancia de seguridad de 2 metros entre clientes.

El sistema de fichaje laboral con huella dactilar deberá sustituirse por otros sistemas, o bien se deberá desinfectar el dispositivo después de cada uso, y no se podrán utilizar los lavabos de los comercios, salvo en casos estrictamente necesarios.

Restricciones en obras

En las normas ministeriales también se levantan algunas de las restricciones en cuanto a las obras en edificios y se permitirán las obras en que, por el tipo de intervención, por la sectorización del inmueble o la delimitación de espacios y recorridos de circulación no haya ninguna interferencia con las personas no relacionadas con la obra.

Además, se autoriza la realización de obras de rehabilitación en lugares no cerrados bajo determinadas condiciones de seguridad. También se permiten las reformas en inmuebles siempre y cuando estén vacíos (no habitados) y no se tenga contacto con los vecinos.

Podéis consultar en este enlace el documento con las preguntas y respuestas más frecuentes sobre el Plan para la transición hacia la nueva normalidad aprobado por el Gobierno del Estado.

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