Se suspenden los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos durante la vigencia del Real Decreto de Estado de Alarma

Se suspenden los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos durante la vigencia del Real Decreto de Estado de Alarma

  • La Sede Electrónica del Ayuntamiento continúa abierta y se pone a disposición de la ciudadanía el servicio de cita previa para recibir asistencia telemática para aquellas personas que quieran continuar tramitando cualquier documentación
  • La celebración de las sesiones de los órganos colegiados del gobierno municipal queda también suspendida

Los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp, Nostraigua y Nostreserveis quedan suspendidos. Así lo ha decretado el alcalde del Ayuntamiento de Mont-roig del Camp, Fran Morancho, dando cumplimiento a lo previsto en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de Estado de Alarma. Esto significa que mientras esté en vigencia este decreto o las posibles prórrogas, quedan interrumpidos los plazos legales relacionados con los procedimientos administrativos, como por ejemplo alegaciones, presentaciones de documentación ante requerimientos, etc.

Sin embargo la Sede Electrónica continúa activa, es decir, la ciudadanía puede continuar efectuando todos los trámites con el Ayuntamiento, que continúa abierto prestando servicios mínimos esenciales. Por este motivo y ante el cierre de las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía, se abre un servicio de cita previa para poder solicitar asistencia telefónica en la tramitación telemática de cualquier documento. Para acogerse a este servicio hay que llamar al 977 83 70 05 o bien enviar un correo a ajuntament@mont-roig.cat.

Suspendidas las sesiones de los órganos colegiados del gobierno municipal

Por otra parte también se ha decretado suspender el régimen de celebración de las sesiones de los órganos colegiados del gobierno municipal (Junta de Gobierno, Comisiones Informativas y Pleno) como medida preventiva que afecta a los miembros electos, de acuerdo con las medidas adoptadas en relación con el personal al servicio de la Corporación. A pesar de que el Ayuntamiento se ha organizado para poder continuar ofreciendo los servicios imprescindibles (https://mont-roig.cat/es/actualitat/noticies/lajuntament-de-mont-roig-del-camp-es-reorganitza-per-seguir-oferint-els-serveis-imprescindibles/), estas sesiones no pueden celebrarse por medios telemáticos en virtud de la Disposición Adicional 21ª de la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público.

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